jueves, 1 de julio de 2010

4.1.1 CLASIFICACION

Por su objeto***
*Estructurales: Muestran solo la estructura administrativa de la empresa
*Funcionales: Indican en el cuerpo de la grafica, además de las unidades y sus relaciones, las principales funciones de los departamentos.
*Especiales: Se destaca alguna característica.
Por su área***
*Generales: Presenta toda la organización; se llama también cartas maestras.
*Departamentales: Representan la organización de un departamento o sección.
Por su contenido***
*Esquemáticos: Contienen solo los órganos principales, se elaboran para el público, no contienen detalles.
*Analíticos: Mas detallados y técnicos.

El organigrama debe permitir la visualización simple y directa de la estructura de la organización. Estático por definición, es una especie de retrato del esqueleto organizacional de la empresa. No incluye ninguna descripción de las funciones o atribuciones de los ocupantes de los cargos.
El organigrama esta constituido por rectángulos (o cuadros o círculos) unidos por líneas horizontales y verticales. Los rectángulos representan los órganos (o cargos) de la organización, mientras que las líneas representan los canales de comunicación o relaciones funcionales o formales. Cuando representan comunicaciones diferentes (de abajo hacia arriba), indican responsabilidad.
Las relaciones de autoridad pueden presentarse de tres maneras en el organigrama:
1. Autoridad de línea: confiere al poseedor el derecho de impartir ordenes directas a los subordinados y delegar directamente parte de su autoridad.


El jefe de sección ejerce autoridad de línea sobre los empleados A y B.

2. Autoridad de asesoría (o staff). Cuando una persona recibe autorización para realizar investigaciones, censos y trabajos en áreas especificas o, incluso, cuando tiene atribución de prestar asesoría en determinados asuntos. Quien recibe autoridad de asesoría no puede dar órdenes directas a los niveles jerárquicos inferiores, sino que solo puede asesora a su superior jerárquico. La representación grafica es la siguiente:




3. Autoridad funcional: permite que in cargo o un órgano actúen sobre el elemento no ligados directamente a ellos, solo en asuntos específicos de su función en la organización. El órgano encargado del personal (area de personal) puede actuar sobre cualquier miembro de la empresa en le área especifica de sus atribuciones. De la misma manera, un órgano de sistemas y métodos podrá actuar “funcionalmente” sobre la línea de producción cuando se trata de introducir alguna modificación en esa línea. Las modificaciones propuestas por el órgano que tiene autoridad funcional deben ser aprobadas antes por el órgano de línea superior jerárquico del órgano que debe modificarse.





Existen algunas recomendaciones para la elaboración de un diagrama:
*Mantener la mayor simplicidad posible y evitar el cruce excesivo de líneas.
*Los órganos (o los cargos) del mismo nivel jerárquico deberán tener nombres equivalentes o que indiquen el nivel.
*Los órganos auxiliares o de asesoría deberán permanecer yuxtapuestos al órgano principal respectivo.

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